Skip Navigation
Cuota Mortuoria AFP ProVida​

Cuota Mortuoria

¿Qué es y cómo obtener este apoyo? Puedes solicitar el preingreso sin ir a una Sucursal. Completa el formulario y en 5 días hábiles recibirás la respuesta en tu correo electrónico.

Solicítalo aquí

Cuota Mortuoria

¿Qué es y cómo obtener este apoyo? Puedes solicitar el preingreso sin ir a una Sucursal. Completa el formulario y en 5 días hábiles recibirás la respuesta en tu correo electrónico.

Solicítalo aquí

¿Qué es la Cuota Mortuoria?

Es un apoyo para cubrir los gastos fúnebres de un afiliado y es financiado con el saldo que tiene en su Cuenta Obligatoria, se paga a quien acredite haber realizado los gastos.

Este trámite también lo puede hacer la funeraria contratada.

Para hacer el preingreso de tu Solicitud, sigue estos pasos​:

1. Ingresa al formulario y completa los datos: RUT y nombre completo del afiliado; nombre completo, email y teléfono del solicitante.

2. Sube estos documentos: 

  • Certificado de Defunción.
  • Factura de gastos fúnebres que tenga el nombre y Rut del fallecido y de la persona que realizó el gasto.
  • Datos bancarios para depósito de la cuota (nombre, Rut, banco, N° de Cuenta y tipo de cuenta). Si no tienes una cuenta, se hará entrega de un cheque.
  • Si la fecha de defunción supera los 30 días, debes incluir el Certificado de Sepultación.
  • Completa y adjunta firmado el formulario de solicitud de Cuota Mortuoria. Descárgalo aquí.

3. Cuando estés listo, envía tu solicitud.

4. Luego, en 5 días hábiles, recibirás la respuesta en el correo electrónico que indicaste en el formulario.

¿Cuándo recibiré la plata?

Luego de que recibas el email de respuesta, se realizará el pago de la Cuota Mortuoria en un plazo de 3 días hábiles. Se enviará a tu correo el comprobante de pago con la fecha de depósito.

Recuerda que si este proceso lo realiza la funeraria, el depósito se hará en la cuenta de la empresa.

¿Qué pasa con la Cuota Mortuoria en los siguientes casos?

Si la persona estaba pensionada y recibía:

  • Aporte Solidario - Pensión Garantizada Universal (PGU):

El Estado cubrirá la diferencia entre el saldo previsional del afiliado y los gastos funerarios (hasta 15 UF).

  • Pensión de Sobrevivencia (Retiro Programado de AFP o Renta Vitalicia de Compañías de Seguros):

En estos casos, generará Cuota Mortuoria solo si además fuera beneficiario del Aporte Solidario o PGU sin afiliación al Sistema Previsional. Su monto variará de acuerdo a lo siguiente:

Aporte Solidario: quienes recibían este beneficio antes del 1 de febrero de 2022, son causantes de Asignación por Muerte por un monto equivalente a 3 ingresos mínimos. Es pagado directamente por el IPS.

PGU: quienes empezaron a recibir este beneficio después del 1 de febrero de 2022, son causantes de Cuota Mortuoria por un máximo de 15 UF. Es pagado directamente por el IPS.

  • Pensión Básica Solidaria de Invalidez:

Dependiendo de la fecha de afiliación al Sistema de Pensiones, el pago será realizado por:

IPS: Afiliados después del 1 de julio de 2008.

AFP: Afiliados antes del 1 de julio de 2008.

  • Renta Vitalicia:

Es la Compañía de Seguros quien paga la Cuota Mortuoria.

¡Esto te puede servir!

Puedes revisar el avance de tu solicitud o necesitar alguno de estos otros trámites y servicios

Descarga un PDF que contiene el paso a paso con esta información para que puedas volver a revisarlo