Todo empleador tiene la obligación de pagar las cotizaciones previsionales trabajadores dependientes como tú. Así ahorras para tu futura jubilación y, en caso de quedarte sin trabajo, podrás acceder a una indemnización y al Seguro de Cesantía. Si aun no has creado tu cuenta de indemnización obligatoria hazlo a continuación:

Indemnización para Trabajadores de Casa Particular
Si eres trabajador(a) de casa particular y has finalizado tu relación laboral solicita tu indemnización en cualquier sucursal. A través del pago de tus cotizaciones previsionales ahorras para tu futura jubilación, y en caso de que te quedes sin trabajo, puedas acceder a una indemnización y al Seguro de Cesantía.
Indemnización para Trabajadores de Casa Particular
Si eres trabajador(a) de casa particular y has finalizado tu relación laboral solicita tu indemnización en cualquier sucursal. A través del pago de tus cotizaciones previsionales ahorras para tu futura jubilación, y en caso de que te quedes sin trabajo, puedas acceder a una indemnización y al Seguro de Cesantía.
¿Qué pasa si quedo sin trabajo?
En caso de quedar sin trabajo, toda la plata que juntaste en tu Cuenta de Ahorro de Indemnización (CAI) se te pagará, ya que esta cuenta es a todo evento, incluso si renuncias. Es importante que tu empleador pague tus cotizaciones, ya que es una protección para ti.
Por ley, a partir del 1 de octubre de 2020, también tienes derecho al Seguro de Cesantía. Esta Ley de Protección al Empleo, aplica a las y los Trabajadores de Casa Particular con contrato vigente, incluso si este se firmó antes del 1 de octubre de 2020.
Esto significa que en caso de quedar sin empleo o de acordar un Pacto de Suspensión Laboral con tu empleador, y siempre que cumplas con los requisitos, podrías acceder a la Indemnización de la AFP y, además, a los beneficios y prestaciones del Seguro de Cesantía.