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Cuota Mortuoria AFP ProVida​

Cuota Mortuoria

¿Qué es y cómo obtener este apoyo? Puedes solicitar el preingreso sin ir a una Sucursal. Completa el formulario y en 5 días hábiles recibirás la respuesta en tu correo electrónico.

Solicítalo aquí

Cuota Mortuoria

¿Qué es y cómo obtener este apoyo? Puedes solicitar el preingreso sin ir a una Sucursal. Completa el formulario y en 5 días hábiles recibirás la respuesta en tu correo electrónico.

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¿Qué es la Cuota Mortuoria?

Es un apoyo para cubrir los gastos fúnebres de un afiliado y es financiado con el saldo que tiene en su Cuenta Obligatoria, se paga a quien acredite haber realizado los gastos.

Este trámite también lo puede hacer la funeraria contratada.

Para hacer el preingreso de tu Solicitud, sigue estos pasos​:

1. Ingresa al formulario y completa los datos: RUT y nombre completo del afiliado; nombre completo, email y teléfono del solicitante.

2. Sube estos documentos: 

  • Certificado de Defunción.
  • Factura de gastos fúnebres que tenga el nombre y Rut del fallecido y de la persona que realizó el gasto.
  • Datos bancarios para depósito de la cuota (nombre, Rut, banco, N° de Cuenta y tipo de cuenta). Si no tienes una cuenta, se hará entrega de un cheque.
  • Si la fecha de defunción supera los 30 días, debes incluir el Certificado de Sepultación.
  • Completa y adjunta firmado el formulario de solicitud de Cuota Mortuoria. Descárgalo aquí.

3. Cuando estés listo, envía tu solicitud.

4. Luego, en 5 días hábiles, recibirás la respuesta en el correo electrónico que indicaste en el formulario.

¿Cuándo recibiré la plata?

Luego de que recibas el email de respuesta, se realizará el pago de la Cuota Mortuoria en un plazo de 3 días hábiles. Se enviará a tu correo el comprobante de pago con la fecha de depósito.

Recuerda que si este proceso lo realiza la funeraria, el depósito se hará en la cuenta de la empresa.

Si la persona estaba pensionada y recibía:

Aporte Previsional Solidario:

Quien se haga cargo de los gastos funerarios podrá cobrar el beneficio en la AFP donde se encontraba el afiliado.

Pensión Básica Solidaria de Vejéz:

Si agotó sus ahorros después del 1 de julio de 2008, es el Instituto de Previsión Social (IPS) quien paga la Cuota Mortuoria.

Si agotó sus ahorros antes del 1 de julio de 2008, es la AFP quien paga la Cuota Mortuoria.

Pensión Básica Solidaria de Invalidez:

Si se afilió al Sistema de Pensiones después del 1 de julio de 2008, es el IPS quien paga.

Si se afilió al Sistema de Pensiones antes del 1 de julio de 2008, es la AFP quien paga la Cuota Mortuoria.

Renta Vitalicia:

Es la Compañía de Seguros quien paga la Cuota Mortuoria.

¡Esto te puede servir!

Puedes revisar el avance de tu solicitud o necesitar alguno de estos otros trámites y servicios

Descarga un PDF que contiene el paso a paso con esta información para que puedas volver a revisarlo